RADICACION 1640427 MLC 1421519 – Curaduría 5 de Bogotá

RADICACION 1640427 MLC 1421519

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La Curadora Urbana No. 4 de Bogotá D.C., Adriana López Moncayo, en ejercicio de las facultades legales que le confieren la Ley 388 de Julio 18 de 1997 , su Decreto reglamentario 1077 de 2015, el Decreto Distrital 415 de 2015 y en virtud de lo consagrado en el Artículo 65 de la ley 9 de 1989, en concordancia con el Artículo 2.2.6.1.2.3.8 del Decreto Nacional 1077 de 2015, comunica a los terceros interesados que se puedan ver afectados con la expedición del acto administrativo que para el expediente en referencia este despacho expidío MODIFICACIÓN LICENCIA (VIGENTE) DE CONSTRUCCIÓN número MLC 14-2-1519 cuya parte resolutiva se transcribe a continuación:

                                RESUELVE

Otorgar  MODIFICACIÓN LICENCIA (VIGENTE) DE CONSTRUCCIÓN en el predio urbano, estrato: 6, localizado en la dirección CL 114 15 63 (ACTUAL) – Chip: AAAAAAAAAAA – Matrícula Inmobiliaria: 50N20738638 de la localidad de Usaquén – para la Ampliación y modificación en el diseño interior de los espacios de  la Vivienda aprobada en gestión anterior . En adelante la edificación quedará así: diez (10) pisos, 2 sótanos, destinada para treinta y cuatro (34) unidades de Vivienda (No Vis), con setenta y ocho (78) cupos de parqueos (70 privados uno destinado para minúsvalidos y 8 visitantes uno destinado para minúsvalidos), 21 cupos para bicicletas y 4 depósitos. Los demás aspectos contenidos en la licencia de construcción No LC 14-2-1519 del 22-diciembre-2014 y su modificación del 4-mayo-2015 se mantienen incluida su vigencia. Titulares: en calidad de Propietario BEGAR ANDINA S.A.S. NIT 900632893-7 Representante Legal ANTONIO DOMINGUEZ GONZALEZ cc 463953 Constructor responsable: ANTONIO DOMINGUEZ GONZALEZ con CE 463953 Mat: 2520227470 CND. Urbanización: SANTA BARBARA, Manzana: 56 Lote(s): 1/2, con las siguientes características básicas:(…),.Se informa a los terceros interesados que contra el presente acto administrativo procede recurso de reposición ante esta curaduría y en subsidio de apelación ante la Subsecretaría Distrital de Planeación , dentro de los diez(10) días hábiles siguientes a la presente publicación.

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